AUTORIZA INSTALACIÓN DE RECINTOS UBICADOS FUERA DE LA ZONA FRANCA DE IQUIQUE PARA ALMACENAMIENTO DE LAS MERCANCÍAS QUE SE INDICAN

    Núm. 211.- Santiago, 22 de Febrero de 1989.- vistos: El oficio Ord. Nº 904-1929 de 21 de noviembre de 1988 del señor Intendente de la I Región de Tarapacá; y Teniendo presente lo dispuesto en el artículo 5º del decreto con fuerza de ley Nº 341, del Ministerio de Hacienda, de 1977, que aprobó el texto refundido y coordinado de los decretos leyes Nºs. 1.055 y 1.233, de 1975, 1.611, de 1976, y 1.698, de 1977, sobre Zonas Francas; y
    Considerando la necesidad de otorgar autorización de carácter general para la instalación de recintos ubicados fuera de la Zona Franca de Iquique y dentro de la Región respectiva, para el almacenamiento de mercancías que por su naturaleza se califiquen como de almacenamiento peligroso para la Zona Franca de Iquique como para los bienes depositados en ella,

    Decreto:


    Artículo 1º.- Autorízase la instalación de recintos fuera del perímetro de la Zona Franca de Iquique y dentro de la I Región para el establecimiento de recintos destinados al almacenamiento de mercancías que por su naturaleza se determine como de almacenamiento peligroso por una comisión que al efecto designará el señor Intendente de la I Región.

    Artículo 2º.- La ubicación de los recintos remotos que por el presente decreto se autorizan deberá quedar fijada a una distancia del perímetro de la Zona Franca que asegure la cesación del riesgo o peligro para la población o bienes ajenos que pudiere generar el almacenamiento de estas mercancías y lo suficientemente próximos  al puerto o aeropuerto como las circunstancias lo permitan y que asegure una fácil y expedita función por parte de la Junta de Administración y Vigilancia de la Zona Franca de Iquique y Servicio Nacional de Aduanas.

    Artículo 3º.- Las autorizaciones que por el presente decreto se otorgan es sin perjuicio de las disposiciones contenidas en la Ley Nº 17.798 y su reglamento.

    Tómese razón, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Hernán Büchi Buc, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. A Ud.- Manuel Brito Viñales, Subsecretario de Hacienda subrogante.