EXTRACTO DE RESOLUCION Nº 289 EXENTA, DE 2006, QUE ASIGNA CONCESION QUE INDICA
Por resolución exenta del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Nº 289 de 04.04.2006, que se extracta, se asignó en el concurso público correspondiente al Tercer Cuatrimestre de 2005, a la Corporación Robinson Crusoe, RUT Nº 75.936.570-4, con domicilio en El Castillo Nº 197, Isla Robinson Crusoe, Juan Fernández, V Región, una concesión de Radiodifusión Sonora en Mínima Cobertura, para la comuna de Juan Fernández, V Región, con las características técnicas siguientes:
- Potencia máxima : 1 watt
- Frecuencia : 107,9 MHz
- Sistema radiante Direccional con
polarización vertical, 1
antena Yagi de 2
elementos, de 5 dBd de
ganancia máxima, y una
altura del centro de
radiación de 6 m.
- Pérdidas en cables,
conectores y otros : 5 dB. (Incluye atenuador
de 3 dB.)
- Ubicación del estudio : El Castillo Nº 197, Isla
Robinson Crusoe, Juan
Fernández, V Región.
- Coordenadas geográficas : 33°37'15" Latitud Sur
78°50'00" Longitud Oeste
Datum WGS-84
- Ubicación de la planta
transmisora y sistema
radiante En subida a Cerro
Portezuelo, Isla Robinson
Crusoe, Juan Fernández,
V Región
- Coordenadas geográficas : 33°37'45" Latitud Sur
78°50'25" Longitud Oeste
Datum WGS-84
Los plazos serán los que se indican a continuación: Inicio de obras: 5 días; Término de obras: 30 días; Inicio de servicio: 60 días.
Todos estos plazos se cuentan a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del decreto que otorgue la concesión.
La presente publicación se hace de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 13A y 13B de la ley Nº 18.168 Ley General de Telecomunicaciones, a objeto que quien tenga interés en ello pueda reclamar de la resolución exenta del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Nº 289 de 04.04.2006, que se extracta, la cual asignó concesión, dentro del plazo de 5 días hábiles, contados desde la presente publicación. La reclamación deberá presentarse por escrito ante el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, ser fundada, adjuntar todos los medios de prueba que acrediten los hechos que la fundamentan y fijar domicilio dentro del radio urbano de la comuna de Santiago.
- Subsecretario de Telecomunicaciones.