LEY NUM. 14,473
AUMENTA, POR GRACIA, LA PENSION DE DOÑA HORTENSIA GUERRERO VIUDA DE VENEGAS
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único. Auméntase, por gracia, en Eº 30 mensuales la pensión de que actualmente disfruta doña Hortensia Guerrero viuda de Venegas, por ley N.o 8,236, de 5 de Octubre de 1945.
El mayor gasto que signifique la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a cinco de Diciembre de mil novecientos sesenta.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Eduardo Figueroa G.