LEY NUM. 14,479
AUMENTA, POR GRACIA, LA PENSION DE DOÑA TOMASA CERPA VIUDA DE IMAS
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único. Auméntase, por gracia, a treinta y cinco escudos (Eº 35) mensuales la pensión de que disfruta doña Tomasa Cerpa viuda de Imas por ley N.o 12,828, de 26 de Diciembre de 1957.
El mayor gasto que significa la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a cinco de Diciembre de mil novecientos sesenta.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Eduardo Figueroa G.