LEY NUM. 14,754

RECONOCE, POR GRACIA, EN LA HOJA DE SERVICIOS DE DON ISMAEL RENGIFO VILDOSOLA EL TIEMPO SERVIDO QUE SEÑALA
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:

    Artículo único. Reconócese, por gracia, para todos los efectos legales y, en especial, para los efectos de lo establecido en el artículo 1.o de la ley N.o 5,489 y sus modificaciones posteriores, en la hoja de servicios de don Ismael Rengifo Vildósola, el tiempo comprendido entre el 1.o de Marzo de 1943 y el 31 de Enero de 1954 y entre el 1.o Julio de 1959 y el 30 de Marzo de 1960, en que prestó funciones en el Comisariato General de Subsistencias y Precios y en la Sociedad de Fomento Fabril, respectivamente, sin que rija, en lo que a dichos servicios se refiere, la limitación establecida en el artículo 69 de la ley N.o 9,629.

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a siete de Diciembre de mil novecientos sesenta y uno.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Luis Mackenna S.