LEY NUM. 14,742
ABONA, POR GRACIA, EL TIEMPO QUE INDICA, SERVIDO POR DON RAMON LETELIER L. COMO RECEPTOR DE MENOR CUANTIA DE TALCA
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único. Abónese, por gracia y para todos los efectos legales, el tiempo servido desde el 16 de Noviembre de 1931 hasta el 24 de Febrero de 1936, por don Ramón Letelier Letelier, como Receptor de Menor Cuantía de Talca.
Artículo 2.o Don Ramón Letelier, para los efectos de su jubilación, deberá integrar en la Caja de Empleados Públicos y Periodistas, las imposiciones correspondientes a este período, tomando como base el sueldo correspondiente al último grado del escalafón subalterno del Poder Judicial, en el año 1931.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a siete de Diciembre de mil novecientos sesenta y uno.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Luis Mackenna S.