LEY NUM. 14,744

CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DOÑA PRIMITIVA LEDESMA VIUDA DE SORIA

    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:

    Artículo único. Concédese, por gracia, una pensión de cincuenta escudos (Eº 50) mensuales a doña Primitiva Ledesma viuda de Soria.
    El gasto que significa la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a siete de Diciembre de mil novecientos sesenta y uno.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Luis Mackenna S.