DEJA SIN EFECTO DECRETOS EXENTOS Nº 75, DE 2001 Y Nº 292, DE 2002
Santiago, 10 de abril de 2006.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 122 exento.- Visto: El memorándum Nº 44 del Departamento de Administración de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias; los decretos exentos Nº 75, de 2001 y Nº292, de 2002, ambos del Ministerio de Agricultura; lo dispuesto en el decreto Nº 799, de 1974, el decreto Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el DFL Nº 294 de 1960 y la resolución Nº 520 de 1996, de la Contraloría General de la República,
Decreto:
Déjanse sin efecto los decretos exentos Nº 75 de 2001, y Nº 292 de 2002, ambos del Ministerio de Agricultura, que autorizan la circulación de vehículos de propiedad de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias fuera de la jornada de trabajo y sin el distintivo estatal.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Alvaro Rojas Marín, Ministro de Agricultura.- Andrés Zaldívar Larraín, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Cecilia Leiva Montenegro, Subsecretaria de Agricultura.