MODIFICA RESOLUCION Nº 173, DE 2006

    Núm. 519 exenta.- Santiago, 18 de mayo de 2006.- Vistos: Lo dispuesto en el decreto ley Nº 3.557 de 1980, sobre Protección Agrícola, la ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero, modificada por la ley Nº 19.283 y sus modificaciones posteriores, la resolución Nº 3.513 exenta del SAG del 7 de diciembre de 1995, publicada en el Diario Oficial el 13 de diciembre del mismo año y las resoluciones Nº 173 del 27 de febrero de 2006 y Nº 180 del 1 de marzo de 2006 de la Dirección Regional SAG Región Metropolitana.

    Considerando:

1.  Que, por resolución exenta Nº 173, citada en los Vistos, se estableció un área reglamentada y medidas fitosanitarias para el control de "Mosca del Mediterráneo" (Ceratitis capitata W.) a partir de la detección de ejemplares del mencionado insecto en la comuna de Estación Central.
2.  Que, por resolución Nº 180 exenta del 1 de marzo de 2006 de la Región Metropolitana, citada en los Vistos, se modifican los puntos del polígono, que establece el área regulada.
3.  Que, se ha detectado la presencia de nuevos ejemplares del insecto en el área urbana de la comuna de Estación Central.
4.  Que, por corresponder las detecciones a nuevas capturas en un área reglamentada, es necesario establecer una nueva área reglamentada de 7,2 Km.
    alrededor del brote considerando como tal la captura reiterada, captura múltiple, presencia de estados inmaduros o hembras inseminadas de la plaga, situación que requiere la ampliación del área reglamentada y las medidas fitosanitarias establecidas en la resolución exenta Nº 173 del 27 de febrero de 2006,

    Resuelvo:



    1. Modifícase la resolución Nº 173 de 2006, en el sentido que se establece como nueva área reglamentada el polígono de 14 vértices, determinado por las siguientes coordenadas UTM, señaladas a continuación:
DATUM: Psad 56 (HUSO 19)

          Coordenadas UTM
Vértice
          Norte  Este

  1  6305646  343878
  2  6303614  348735
  3  6299804  350863
  4  6294693  351307
  5  6290597  348640
  6  6287930  345275
  7  6287454  341433
  8  6288946  337623
  9  6292089  335432
  10  6295328  334638
  11  6299011  335178
  12  6301297  335781
  13  6303773  337305
  14  6305491  340293

    2. Derógase la resolución Nº 180 del 1 de marzo de 2006 de la Región Metropolitana.
    3. Esta nueva área reglamentada, se considera como tal desde el 24 de abril de 2006, fecha de la detección que modificó las coordenadas UTM.

      Anótese, comuníquese y publíquese.- José Ignacio Gómez Meza, Director SAG Región Metropolitana.