LEY NUM. 20.110
SUSPENDE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA LEY Nº
              20.084

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de Ley:

    "Artículo único. Introdúcense las siguientes enmiendas en la ley Nº 20.084:

    1. Reemplázase, en su artículo 1º transitorio, la expresión "seis meses" por "dieciocho meses", y
    2. Incorpórase como artículo 4º transitorio, nuevo, el siguiente:

    "Artículo 4º. Establécese una comisión formada por expertos, la que se encargará de evaluar la implementación de la presente ley e informar trimestralmente acerca del estado de avance de la misma a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado y a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados. Esta comisión será coordinada por el Ministerio de Justicia.".".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
    Santiago, 26 de mayo de 2006.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Isidro Solís Palma, Ministro de Justicia.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Verónica Baraona del Pedregal, Subsecretaria de Justicia.