Artículo 1.o Traspásanse a 8|7|4|w, las siguientes cantidades que se deducirán de los ítem que se indican:
    Dos mil pesos ($ 2,000) de 8|1|4á;
    Once mil trescientos catorce pesos cincuenta centavos ($ 11,314.50) de 8|1|4|j; y
    Cincuenta mil pesos ($ 50,000) de 8|1|4|v.
    El total de sesenta y tres mil trescientos catorce pesos cincuenta centavos ($ 63,314.50) se aplicará al pago de las adquisiciones para el Instituto Medico Legal de Santiago, adeudadas a la firma Paeile & Finat Ltda.