LEY NUM. 14,738
CONCEDE, POR GRACIA, A DOÑA AMELIA GOMEZ ESQUIVEL EL DERECHO A JUBILAR EN LAS CONDICIONES QUE SEÑALA
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Amelia Gómez Esquivel, el derecho a jubilar en conformidad a lo dispuesto en el artículo 63, de la ley N.o 10,343, para cuyo efecto se le abonarán en su hoja de servicios como efectivamente prestados, cuatro años,
Deróguese la ley N.o 14,023.
El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a siete de Diciembre de mil novecientos sesenta y uno.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Luis Mackenna S.