Artículo 37: La Decreto 70, ENERGÍA
Art. primero N° 26)
D.O. 05.06.2024Potencia Inicial de cada Sistema de Almacenamiento de Energía y de la componente de almacenamiento de Centrales Renovables con Capacidad de Almacenamiento se determinará a partir de su aporte a la curva de carga. Para estos efectos, el Coordinador deberá calcular la Potencia Inicial para cada instalación de forma individual de acuerdo a lo establecido en el presente artículo.
Art. primero N° 26)
D.O. 05.06.2024Potencia Inicial de cada Sistema de Almacenamiento de Energía y de la componente de almacenamiento de Centrales Renovables con Capacidad de Almacenamiento se determinará a partir de su aporte a la curva de carga. Para estos efectos, el Coordinador deberá calcular la Potencia Inicial para cada instalación de forma individual de acuerdo a lo establecido en el presente artículo.
Para cada una de las instalaciones señaladas en el inciso anterior, se deberá realizar una optimización para cada día del Año de Cálculo y con resolución horaria, que permita disminuir las diferencias entre las mayores y menores demandas del sistema, considerando el efecto de las inyecciones y retiros de la instalación evaluada. Dicha optimización deberá utilizar como insumo, al menos, los siguientes antecedentes:
a) Potencia máxima de inyección y retiro de las instalaciones.
b) Cantidad de Horas de Almacenamiento.
c) Eficiencia de las instalaciones.
d) Demanda horaria del sistema para el Año de Cálculo.
Para efectos de lo dispuesto en el literal c), el Coordinador deberá determinar la eficiencia de la instalación a partir de su operación real durante el Año de Cálculo. En caso de que no se pueda determinar dicha eficiencia, esta será estimada en base a estadísticas nacionales o internacionales aplicables al tipo de tecnología que en cada caso corresponda, o las que garantice el fabricante.
Una vez realizado el proceso de optimización, se deberá determinar la curva de carga horaria equivalente del sistema, producto de la inclusión de la instalación evaluada, que se calcula a partir de la demanda del sistema. Para ello se considerará, horariamente, la suma de sus retiros y la resta de sus inyecciones de acuerdo a los resultados de su respectivo proceso de optimización.
La Potencia Inicial de cada instalación se determinará a partir de la siguiente expresión:
Pini = Demanda de punta sistema - Demanda de punta almacenamiento
Demanda de puntasistema: Demanda promedio de los 52 mayores valores horarios de la curva de carga anual del sistema.
Demanda de puntaalmacenaminto: Demanda promedio de los 52 mayores valores horarios de la curva de carga horaria equivalente del sistema, producto de la inclusión de la instalación evaluada, en las mismas horas consideradas en Demanda de punta sistema.