LEY NUM. 14.898
CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DON EDMUNDO CACERES M.
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único. Concédese, por gracia, al señor Edmundo Cáceres Morales una pensión vitalicia ascendente a la suma de Eº 50 mensuales.
El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a cuatro de Septiembre de mil novecientos sesenta y dos.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- L. Mackenna S.