LEY NUM. 14.898

CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DON EDMUNDO CACERES M.

    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:

    Artículo único. Concédese, por gracia, al señor Edmundo Cáceres Morales una pensión vitalicia ascendente a la suma de Eº 50 mensuales.
    El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a cuatro de Septiembre de mil novecientos sesenta y dos.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- L. Mackenna S.