Artículo 20 bis.- En elLey 19.996
Art. único Nº 27)
caso de que una marca haya sido solicitada previamente en el extranjero, el interesado tendrá prioridad por el plazo de seis meses contado desde la fecha de su presentación en el país de origen, para presentar la solicitud en Chile.
    La Ley 21355
Art. 1 N° 13
D.O. 05.07.2021
prioridad podrá acreditarse de acuerdo a los medios y modalidades establecidas en el reglamento.