Artículo 39.- Las patentesLey 19.996
Art. único Nº 41) de invención se concederán por un periodo no renovable de 20 años, contado desde la fecha de presentación de la solicitud.
Art. único Nº 41) de invención se concederán por un periodo no renovable de 20 años, contado desde la fecha de presentación de la solicitud.