Artículo 44.- Las declaracionesLey 19.039
Art. 44.
de novedad, propiedad y utilidad de la invención, corresponden al interesado, quien las hará bajo su responsabilidad.
    La concesión de una patente no significa que el Estado garantice la necesidad y exactitud de las manifestaciones que se hagan por el peticionario en la solicitud y en la memoria descriptiva.