Artículo 120.- LasLey 20569
Art. UNICO N° 5
D.O. 06.02.2012 solicitudes
Art. UNICO N° 5
D.O. 06.02.2012 solicitudes
de patentes de invención o de modelos
de utilidad que se presenten en
Chile, en fase nacional, conforme
al Tratado de Cooperación en Materia
de Patentes, se regirán en cuanto a
sus aspectos sustantivos, por las
disposiciones de la presente ley y
su reglamento.