EXTRACTO DE RESOLUCION Nº 559 EXENTA, DE 2006, QUE ASIGNA CONCESION QUE INDICA
      Por resolución exenta del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Nº 559, de 31.05.2006, que se extracta, se asignó en el concurso público correspondiente al Primer Cuatrimestre de 2006, a la sociedad Empresa Nacional de Transmisiones y Duplexiones Limitada, RUT Nº 78.965.080-2, con domicilio en Brown Norte Nº 562, Depto. B-202, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, una concesión de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, para la localidad de Pichilemu, VI Región, con las características técnicas siguientes:

- Potencia Máxima  :  1.000 Watts.
- Frecuencia      :  106,7 MHz.
- Sistema
  radiante        :  Direccional con polarización
                      Vertical, 1 antena Log Periódica
                      de 8 elementos, de 7,67 dBd de
                      ganancia máxima, y una altura del
                      centro de radiación de 22 m.
- Pérdidas en cables,
  conectores y
  otras  :            1,37 dB.

- Diagrama de
  radiación horizontal,
  de acuerdo a las
  siguientes tablas:
  Radiales
principales  0º  45º  90º  135º  180º  225º  270º  315º
Pérdida por
lóbulo (dB) 20,0 26,0 26,0 20,0  9,6  1,0  1,0    9,6
- Ubicación
del Estudio
Principal  :  Bernardino Iturriaga Nº 605, comuna de
              Pichilemu, VI Región.
- Coordenadas
  geográficas  :  34º23'12" Latitud Sur.
                  71º59'39" Longitud Oeste.
      Datum: Provisorio Sudamericano 1956.

- Ubicación de
Estudio Alternativo,
Planta Transmisora
y Sistema Radiante  :  Cerro Potrero Animas s/nº,
                      comuna de Pichilemu, VI Región.
- Coordenadas
  geográficas  :      34º21'17" Latitud Sur.
                      71'53'04" Longitud Oeste.
    Datum: Provisorio Sudamericano 1956.

  - El radioenlace estudio-planta será de 10 Watts de potencia, con una antena de 10 dBd. de ganancia. Los plazos serán los que se indican a continuación: Inicio de Obras: 10 días; Término de Obras: 30 días; Inicio de Servicio: 60 días.
    Todos estos plazos se cuentan a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del decreto que otorgue la concesión.
    La presente publicación se hace de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 13A de la ley Nº 18.168 (Ley General de Telecomunicaciones), a objeto que quien tenga interés en ello pueda reclamar de la resolución exenta del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Nº 559, de 31.05.2006, que se extracta, la cual asignó concesión, dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la presente publicación. La reclamación deberá presentarse por escrito ante el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, ser fundada, adjuntar todos los medios de prueba que acrediten los hechos que la fundamentan y fijar domicilio dentro del radio urbano de la comuna de Santiago.-

    Subsecretario de Telecomunicaciones.