SUPLEMENTA EL 16-02-04-v DEL PRESUPUESTO ORDINARIO DE 1934, DEL MINISTERIO DE SALUBRIDAD
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    Artículo 1.o Supleméntase el 16-02-04-v y del presupuesto ordinario vigente del Ministerio de Salubridad Pública, en la cantidad de seis millones setecientos sesenta mil veinticuatro pesos veintiocho centavos ($ 6.760,024.28) en la siguiente forma:
  N.o 1 ____________________ $      5,000.00
  N.o 2 ____________________      80,000.00
  N.o 3 ____________________    6.675,024.28

    Artículo 2.o El gasto que representa esta ley se cubrirá con la mayor entrada producida por la ley N.o 5,416, de fecha 19 de Febrero de 1934.

    Artículo 3.o Esta ley comenzará a regir desde su publicación en el Diario Oficial.

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, treinta y uno de Diciembre de mil novecientos treinta y cuatro.- ARTURO ALESSANDRI.- Luis Salas R.