Ley núm. 14,303
CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DOÑA BLANCA BAHAMONDE VIUDA DE CANDIA Y A SU HIJA DOÑA IRIS CANDIA BAHAMONDE
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Blanca Bahamonde viuda de Candia y a su hija doña Iris Candia Bahamonde, una pensión de gracia de Eº 50 mensuales, con derecho de acrecer entre ellas.
El gasto que significa la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a quince de Noviembre de mil novecientos sesenta.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Eduardo Figueroa G.