Artículo 10.- Procedimiento de Compras y de Contrataciones:

    Las adquisiciones de los bienes corporales e incorporales muebles y las contrataciones de servicios en las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública se efectuarán en la forma establecida en la ley de Bases sobre Contratos Administrativos de suministro y Prestación de Servicios, conforme a los siguientes procedimientos:

a)  Propuesta Pública
b)  Propuesta Privada
c)  Trato o Contratación Directa
d)  Convenios Marco

    Estas adquisiciones y contrataciones, cualquiera sea el procedimiento que se utilice, podrán realizarse a través de la modalidad de compras conjuntas o interinstitucionales.