DECLARA QUE EL JUZGADO DE LETRAS DE MENOR CUANTIA CREADO POR LEY 5,272, TENDRA JURISDICCION EXCLUSIVA SOBRE LA COMUNA DE PUERTO VARAS
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    Artículo único. El Juzgado de Letras de Menor Cuantía creado en virtud de la ley N.o 5,272, de 27 de Septiembre de 1933, tendrá jurisdicción exclusiva sobre la comuna de Puerto Varas.
    Esta ley regirá desde su publicación en el Diario Oficial.

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, tres de Julio de mil novecientos treinta y cinco.- ARTURO ALESSANDRI.- Osv. Vial.