Artículo 4º.- LasD.F.L 1-19.704
ART. 4º
D.O. 03.05.2002
municipalidades, en el ámbito de su territorio, podrán desarrollar, directamente o con otros órganos de la Administración del Estado, funciones relacionadas con:

a)  La educación y la cultura;

b)  La salud pública y la protección del medio ambiente;

c)  La asistencia social y jurídica;

d)  La capacitación, la promoción del empleo y el fomento productivo;

e)  El turismo, el deporte y la recreación;

f)  La urbanización y la vialidad urbana y rural;

g)  La construcción de viviendas sociales e infraestructuras sanitarias;

h)  El transporte y tránsito públicos;

i)  Ley 21364
Art. 45 N° 1
D.O. 07.08.2021
La Gestión del Riesgo de Desastres en el territorio de la comuna, la que comprenderá especialmente las acciones relativas a las Fases de Mitigación y Preparación de estos eventos, así como las acciones vinculadas a las Fases de Respuesta y Recuperación frente a emergencias.

j)  El desarrollo, implementación, evaluación, promoción, Ley 21802
Art. 64 N° 1
D.O. 11.02.2026
capacitación y apoyo de acciones, planes, medidas y proyectos, así como la celebración de convenios con otras entidades públicas en el ámbito de la seguridad pública, la prevención del delito, la reinserción social y la asistencia a víctimas, a nivel comunal, con el objeto de proteger a las personas y promover la convivencia vecinal. Lo anterior, sin perjuicio de las funciones del Ministerio de Seguridad Pública, de las instituciones policiales o de otros organismos que tengan competencia en estas materias, de conformidad con la ley.
    Asimismo, deberá desarrollLey 21430
Art. 84
D.O. 15.03.2022
ar un trabajo territorial coordinado con las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, con el Ministerio Público y con las demás instituciones públicas o privadas cuyas funciones se vinculen con la seguridad pública y la prevención del delito en el ámbito local. Deberá procurar la participación activa de las organizaciones sociales y vecinales en estas materias

k)  La promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, y

l)  El desarrollo de actividades de interés común en el ámbito local.

m)  La promoción de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, la prevención de vulneraciones de derechos y la protección general de los mismos.