COMPLEMENTA RESOLUCION Nº 45 EXENTA, DE 2003, Y RESOLUCION Nº 86 EXENTA, DE 2005, PERMITIENDO LA INCORPORACION AL SISTEMA DE FACTURA ELECTRÓNICA DE PERSONAS Y ENTIDADES QUE NO SON CONTRIBUYENTES DE IVA
    Extracto de Resolución Exenta del Servicio de Impuestos Internos Nº 93, del 2 de agosto de 2006, que establece:

    La autorización a personas naturales, jurídicas y entes sin personalidad jurídica, calificadas como contribuyentes de Primera Categoría, de acuerdo al Art. 20 de la L.I.R. y que no son contribuyentes de IVA, para operar en el sistema de Facturación Electrónica, previo cumplimiento de los requisitos señalados. Dichos contribuyentes deberán seguir el procedimiento establecido en esta resolución, así como cumplir con las pruebas técnicas, si corresponde.
    El texto íntegro de esta resolución está publicado en la Oficina Virtual del Servicio de Impuestos Internos en Internet (www.sii.cl) y, además, aparecerá en el Boletín del SII en agosto de 2006.