Art. 6.° Créanse los cargos de Abogado-Procurador Fiscal y de Abogado Auxiliar del Procurador, ante la Corte de Apelaciones de Chillán, con el grado, sueldo y gratificaciones que correspondan a los funcionarios de igual categoría que sirven esos empleos ante las Cortes de La Serena, Talca y Temuco.