Art. 52. El oficial retirado que se reincorporare al servicio, será colocado en el escalafón en el lugar que le corresponde, previo descuento del tiempo de ausencia de las filas. No se descontará el tiempo de ausencia de las filas, a aquel oficial que obtenga su reincorporación previo un sumario en que se establezca la injusticia o error de la resolución que lo retiró del servicio. En este caso, recuperará el lugar que tenía en el escalafón.