Artículo único. Reconócese, por gracia, y abónase en la hoja de servicios de don Rolando Figueroa Valladares, para todos los efectos legales, dos años y seis meses servidos en la Armada Nacional.
El gasto que significa la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.