SUPLEMENTA EL PRESUPUESTO DE VARIABLES DEL MINISTERIO DE SALUBRIDAD, PREVISION Y ASISTENCIA SOCIAL, EN LA SUMA DE $ 2.799,780.98
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    "Artículo 1.o Supleméntase el Presupuesto de Variables del Ministerio de Salubridad, Previsión y Asistencia Social en la cantidad de dos millones setecientos noventa y nueve mil setecientos ochenta pesos noventa y ocho centavos ($ 2.799,780.98) en la forma que a continuación se indica:
16/01/04/f-2), Pasajes y fletes en
                empresas privadas, en__ $    1,000.00
16/01/04/i-3  Vestuario y equipo, en_      1,000.00
16/01/04/j    Impresos y
                publicaciones, en______        800.00
16/01/04/k    Gastos generales, en___      3,000.00
16/01/04/l    Reparaciones, en_______      4,000.00
16/01/04/m    Mantenimiento de
                Automóviles, en________      2,000.00
16/01/06/b    Cuota del Estado para
                la Caja de Seguro
                Obligatorio, en________  2.767,980.98
16/02/04/v-12  Aporte fiscal para el
                Servicio Dental Escolar
                Obligatorio, en________      20,000.00

    Artículo 2.o El gasto de dos millones setecientos noventa y nueve mil setecientos ochenta pesos noventa y ocho centavos ($ 2.799,780.98), que demanda la presente Ley se cargará a la Partida D-4 del Cálculo de Entradas.
    Artículo 3.o Esta ley comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial".
    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo, por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
    Santiago, treinta de Diciembre de mil novecientos treinta y seis.- ARTURO ALESSANDRI.- Gustavo Ross.- Joaquín Prieto C.