SUPLEMENTA EL PRESUPUESTO DE VARIABLES DEL MINISTERIO DE SALUBRIDAD, PREVISION Y ASISTENCIA SOCIAL, EN LA SUMA DE $ 2.799,780.98
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo 1.o Supleméntase el Presupuesto de Variables del Ministerio de Salubridad, Previsión y Asistencia Social en la cantidad de dos millones setecientos noventa y nueve mil setecientos ochenta pesos noventa y ocho centavos ($ 2.799,780.98) en la forma que a continuación se indica:
16/01/04/f-2), Pasajes y fletes en
empresas privadas, en__ $ 1,000.00
16/01/04/i-3 Vestuario y equipo, en_ 1,000.00
16/01/04/j Impresos y
publicaciones, en______ 800.00
16/01/04/k Gastos generales, en___ 3,000.00
16/01/04/l Reparaciones, en_______ 4,000.00
16/01/04/m Mantenimiento de
Automóviles, en________ 2,000.00
16/01/06/b Cuota del Estado para
la Caja de Seguro
Obligatorio, en________ 2.767,980.98
16/02/04/v-12 Aporte fiscal para el
Servicio Dental Escolar
Obligatorio, en________ 20,000.00
Artículo 2.o El gasto de dos millones setecientos noventa y nueve mil setecientos ochenta pesos noventa y ocho centavos ($ 2.799,780.98), que demanda la presente Ley se cargará a la Partida D-4 del Cálculo de Entradas.
Artículo 3.o Esta ley comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo, por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, treinta de Diciembre de mil novecientos treinta y seis.- ARTURO ALESSANDRI.- Gustavo Ross.- Joaquín Prieto C.