Artículo 5.o El préstamo a que se refiere el artículo 1.o será concedido a la Municipalidad de La Serena al dos por ciento de interés anual, con amortización acumulativa del uno por ciento también anual, pero será de responsabilidad del Estado durante los primeros años parte de esos servicios, de acuerdo con la siguiente escala:

    Primer año, la totalidad del servicio;

    Segundo año, las dos terceras partes del servicio;

    Tercer año, la mitad del servicio;

    Cuarto y quinto años, la cuarta parte del servicio;

    Después del quinto año, la totalidad de este servicio será de cargo de la Municipalidad.