Artículo 36. Queda excluída de las disposiciones de esta ley, la Caja de Seguro Obligatorio, la cual deberá destinar, en el curso del presente año, la suma de un millón de pesos, al mejoramiento de los sueldos de su personal que trabaja jornada completa.
Este mejoramiento se efectuará sin perjuicio de los aumentos otorgados en los últimos seis meses.