ASIGNA A GABINETE DE SUBSECRETARIA DEL MINISTERIO DE EDUCACION VEHICULO QUE SEÑALA, EN CONDICIONES QUE INDICA
    Núm. 1.016 exento.- Santiago, 20 de julio de 2006.-

    Considerando:

    Que, las diversas autoridades del Ministerio de Educación, entre otras los funcionarios que se desempeñan en los Gabinetes del Ministro de Educación y del Subsecretario de Educación, Divisiones, entre otros, desarrollan funciones de alta importancia funcionaria y de estrecha colaboración con la más alta autoridad de esta Secretaría de Estado;
    Que, el cumplimiento de sus múltiples tareas exige que dichas autoridades y funcionarios, en el ejercicio de las labores inherentes a su cargo, que normalmente exceden la jornada diaria y semanal de trabajo, cuenten en forma permanente con un vehículo motorizado, permitiéndoles un desempeño eficiente y seguro, tanto para la respectiva autoridad y su conductor como para la integridad del vehículo.
    Que, la necesidad del Jefe de Gabinete del Subsecretario de contar con vehículo en forma permanente se justifica plenamente en la medida que una de sus funciones primordiales es visitar los establecimientos educacionales, centros educativos, artísticos, jardines infantiles, etc.; y,
    Que, además, este vehículo es uno de aquellos que, en caso de necesidad, transporta al Subsecretario de Educación.

    Visto: Lo dispuesto en el decreto ley Nº799 de 1974; D.F.L. Nº12-2345 de 1979; artículo 14º de la ley Nº18.267; decreto supremo Nº 19 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 2002; Ord.
Nº1106 de Jefa División de Administración General, de 02.12.2004; oficio Ord. Nº D- 6561 de Jefe División Jurídica del Ministerio del Interior, de 23 de junio de 2006; resolución Nº 520 de 1996, de la Contraloría General de la República y en el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República de Chile,
    Decreto:

    Artículo primero: Asígnase al Gabinete del Subsecretario de Educación, el vehículo que se indica a continuación:

    Vehículo                : Automóvil
    Marca                  : Nissan
    Modelo                  : Sentra 1.8 Aut.
    Año fabricación        : 2.005
    Nº motor                : QG18542438S
    Reg. Nacional Vehículos
    Motorizados            : YC.6967-5
    Placa única            : YC.6967-5

    Artículo segundo: Autorízase al Jefe de Gabinete del Subsecretario de Educación para guardar en su domicilio particular, en forma excepcional, el vehículo que ha sido asignado al Gabinete del Subsecretario de Educación.

    Artículo tercero: La División de Administración General del Ministerio de Educación, a través de la Sección de Administración Interna e Infraestructura, deberá mantener una nómina actualizada del chofer designado para la conducción del vehículo indicado precedentemente.

    Artículo cuarto: El Jefe de Gabinete del Subsecretario de Educación deberá rendir caución, en la forma establecida en la ley, cuando conduzca habitualmente el vehículo que ha sido asignado al Gabinete mencionado.

    Artículo quinto: Autorízase al vehículo indicado en este decreto para circular los días sábados en la tarde, domingos y festivos y sin el disco distintivo señalado en el artículo 3º del decreto ley Nº 799 de 1974 para los efectos de proteger la integridad tanto de las autoridades que en él se transporten, del conductor, como del vehículo respectivo.

    Anótese, regístrese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Belisario Velasco Baraona, Ministro del Interior.- Yasna Provoste Campillay, Ministra de Educación.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda a Ud., Pilar Romaguera Gracia, Subsecretaria de Educación.