MODIFICA EL D. L. N.o 576, DE 29 DE SEPTIEMBRE DE 1925, ORGANICO DE LA CAJA DE RETIRO Y PREVISION SOCIAL DE LOS EMPLEADOS MUNICIPALES DE LA REPUBLICA Y AUTORIZA A DICHA CAJA PARA INVERTIR LA SUMA DE $ 300,000, EN AUXILIO A SUS IMPONENTES AFECTADOS POR EL TERREMOTO DE 24 DE ENERO ULTIMO
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único. Sustitúyese la frase "Cuarenta mil pesos", que figura en el artículo 30 del D. L. N.o 576, de 29 de Septiembre de 1925, Orgánico de la Caja de Retiro y Previsión Social de los Empleados Municipales de la República, por la siguiente: "ochenta mil pesos".
Esta Ley comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Artículo transitorio. Autorízase a la Caja de Retiro y Previsión Social de los Empleados Municipales de la República, para que invierta hasta la suma de trescientos mil pesos ($ 300,000), en auxilio de sus imponentes, afectados por el terremoto del 24 de Enero del presente año.
Esta suma se cargará a los fondos de reserva de la Caja.
Y, por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo, por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, veintiséis de Julio de mil novecientos treinta y nueve.- PEDRO AGUIRRE CERDA.- Miguel Etchebarne.