Artículo 9º Los cargos de Oficiales Escribientes y empleados a contrata que consulta la Ley de Presupuestos del presente año para la Corte Suprema, las Cortes de Apelaciones, Juzgados de Letras y Juzgados Especiales de Menores pasarán a formar parte de la planta permanente del respectivo Tribunal.
    El primer nombramiento para llenar estos cargos, se hará sin previo concurso, a propuesta unipersonal del respectivo Tribunal.
    El aumento de sueldos que establece el artículo 4º, regirá también para los empleos a contrata a que se refiere la presente disposición, durante el tiempo comprendido entre el 6 de Mayo del presente año y la fecha de la promulgación de esta ley.
    También pasará a formar parte de la planta permanente del Instituto Médico Legal "Dr. Carlos Ibar", el personal a contrata que consulta la Ley de Presupuestos del año en curso. Las personas que desempeñan dichos cargos continuarán sirviendo el empleo de planta, sin necesidad de nuevo nombramiento, y gozarán de las siguientes rentas anuales:

1 Toxicólogo                  $ 21,600
1 Médico legista histólogo      12,000
2 Ayudantes de Toxicología      12,000
2 Ayudantes Autopsiadores      12,000
1 Dactilógrafo                  6,000
1 Escribiente                    6,000
1 Mozo                          6,000
1 Mozo auxiliar de Histología    6,000
1 Mozo auxiliar de Toxicología  6,000