MODIFICA DECRETO Nº 114, DE 1994
Santiago, 18 de agosto de 2006.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 205.- Visto: El D.S. N° 114 (V. y U.), de 1994, que Reglamenta Programa de Pavimentación Participativa; el D.L. N° 1.305, de 1975; la ley N° 16.391, en especial lo previsto en su artículo 21 inciso cuarto y las facultades que me confiere el número 6° del artículo 32 de la Constitución Política de Chile,
Decreto:
Artículo único.- Modifícase el D.S. N° 114 (V. y U.), de 1994, en la forma siguiente:
1°.- Reemplázase en el artículo 1° la expresión "déficit de pavimentación de calles y pasajes" por la locución "déficit de pavimentación y de repavimentación de calles, pasajes y aceras".
2°.- Sustitúyese en el artículo 2° la expresión "pavimentos nuevos" por la locución "pavimentos nuevos y repavimentación".
3°.- Reemplázase el artículo 3° por el siguiente:
"Artículo 3º.- El Programa de Pavimentación Participativa estará orientado a la construcción de pavimentos nuevos de calles, pasajes y aceras de sectores preferentemente habitacionales y a la repavimentación de este tipo de vías cuando no admitan acciones de mantenimiento por el nivel de deterioro que presentan, siempre que cuenten con alcantarillado y agua potable.".
4°.- Sustitúyese el artículo 4° por el siguiente:
"Artículo 4º.- El Ministerio de Vivienda y Urbanismo destinará anualmente al Programa de Pavimentación Participativa, a lo menos el 75% del presupuesto de pavimentos y distribuirá estos recursos por regiones, tomando en consideración los siguientes criterios:
1. Población urbana de cada región.
2. Déficit de pavimentación de la red vial urbana.
3. Demanda de repavimentación.
4. Caracterización socio-económica de las diversas regiones.
5. Cantidad de postulaciones válidas al programa.".
5°.- Agréganse al artículo 9° las siguientes letras:
" e) Antigüedad de la postulación.
f) Costo de pavimentación.
g) Acción de pavimentación.".
Por razones de urgencia, la Contraloría General de la República se servirá tomar razón del presente decreto en el plazo de cinco días.
Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Patricia Poblete Bennett, Ministra de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Paulina Saball Astaburuaga, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.