Artículo 1.o Créase el Instituto de Extensión Musical, cuyo objeto será:
a) Atender a la formación y al mantenimiento de una Orquesta Sinfónica, de un Coro, un Cuerpo de Bailes, y de entidades adecuadas para ejecutar Música de Cámara o cualquiera otra actividad musical;
b) Proveer los elementos necesarios para dar permanentemente espectáculos musicales, como ser Conciertos Sinfónicos, Operas o Ballets en todo el territorio de la República;
c) Estimular la creación de obras nacionales mediante concursos anuales de composición y difundir su conocimiento;
d) Fomentar, por medio de subvenciones, las iniciativas musicales del país.