Ley núm. 10,624

CONCEDE LOS DERECHOS QUE INDICA EN RELACION CON SU PENSION DE RETIRO AL TENIENTE CORONEL DE EJERCITO DON SALVADOR TAPIA M.

    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:

    Artículo único. Concédese, por gracia, al Teniente Coronel en retiro, don Salvador Tapia Muñoz, el derecho a que se reajuste su actual pensión de retiro, bajo la base del sueldo de Coronel de Ejército a la fecha de su retiro, con los beneficios que conceden las leyes a esta grado, abonándosele, asimismo, el tiempo que permaneció fuera de las filas.
    El mayor gasto que importe esta ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a treinta de Septiembre de mil novecientos cincuenta y dos.- GABRIEL GONZALEZ VIDELA.- Ignacio Lorca G.