SUSTITUYE INCISO 1º ARTICULO 30 DEL DECRETO Nº 1.950, DE 1970
Núm. 968.- Santiago, 23 de agosto de 2006.- Vistos: lo dispuesto en el N°8 del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile, en el artículo 6° de la ley N°17.238 y en el decreto N°1.950, de 1970, del Ministerio de Hacienda,
Decreto:
Artículo único.- Sustitúyese en el inciso primero del artículo 30 del decreto N°1.950, de 1970, del Ministerio de Hacienda, la frase "el cónyuge" por la frase "otra persona".
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Andrés Velasco Brañes, Ministro de Hacienda.-
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, María Olivia Recart Herrera, Subsecretaria de Hacienda.