Artículo 1.o Agrégase en el artículo 1.o de la ley N.o 6,667, de 2 de Octubre de 1940, a continuación del rubro "Planta y Sueldos de los Empleados de la Biblioteca del Congreso", el siguiente nuevo rubro:
    "Oficina de informaciones de la Cámara de Diputados:
    Un jefe del Servicio __ ___ __ $ 48,750