CREA UN JUZGADO DE LETRAS DE MENOR CUANTIA CON ASIENTO EN VILLARRICA
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de Ley:
Artículo 1° Créase un Juzgado de Letras de MenorLey 7497
Art Unico Cuantía con asiento en Villarrica y cuya jurisdicción comprenderá la subdelegación del mismo nombre.
Art Unico Cuantía con asiento en Villarrica y cuya jurisdicción comprenderá la subdelegación del mismo nombre.
NOTA: 1
La modificación introducida por el art. único de la ley 7497 regirá treinta días después de su publicación en el "Diario Oficial", efectuada el 3 de septiembre de 1943.
La modificación introducida por el art. único de la ley 7497 regirá treinta días después de su publicación en el "Diario Oficial", efectuada el 3 de septiembre de 1943.
Art. 2° El personal de este Juzgado será el siguiente y su renta anual la que se expresa a continuación:
Juez de Letras de Menor
Cuantía- - - - - - $ 24,000.-
Secretario- - - - - 18,000.-
Oficial de Sala - - 7,087.50
Art. 3° El gasto que importe el cumplimiento de esta ley se imputará al rendimiento derivado de las modificaciones introducidas en la Ley de Impuesto a la Renta, por el artículo 6° de la ley N° 6,782, de 20 de febrero de 1941.
Art. 4° Esta ley regirá desde su publicación en el "Diario Oficial".
Y por cuanto, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, treinta de mayo de mil novecientos cuarenta y uno.- P. AGUIRRE CERDA.- Raúl Puga M.- Marcial Mora M.