DESIGNA ADMINISTRADOR PROVISIONAL EN EL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL, DENOMINADO "COLEGIO CAMBRIDGE" DE LA COMUNA DE SANTIAGO, DE CONFORMIDAD AL ARTICULO 11 DEL DECRETO N° 8.143, DE 1980

    Núm. 7.114 exenta.- Santiago, 28 de septiembre de 2006.- Considerando:

    Que, mediante oficio ordinario N° 3.142, de 11 de septiembre de 2006, la Secretaría Ministerial de Educación de la Región Metropolitana solicita el nombramiento de un administrador provisional en el establecimiento educacional denominado "Colegio Cambridge", de la comuna de Santiago.
    Que por resolución exenta N° 179, de 26 de mayo de 2006, del Departamento Provincial de Educación Santiago- Centro, en virtud de las facultades otorgadas al Fiscal Provincial del Departamento Provincial de Educación Santiago-Centro por la resolución exenta N° 497 del 3 de marzo de 2006, de la Secretaría Ministerial de Educación de la Región Metropolitana, se ordenó la instrucción de un proceso administrativo por infracción al DFL N°1 de 2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, al establecimiento educacional "Colegio Cambridge", de la comuna de Santiago.
    Que por resolución exenta N° 231, de 23 de junio de 2006, del Departamento Provincial de Educación Santiago-Centro, en virtud de las facultades otorgadas al Jefe Provincial mediante la resolución exenta N° 590 del 10 de marzo de 2006, de la Secretaría Ministerial de Educación de la Región Metropolitana, se aprobó el proceso administrativo LOCE y aplicó la siguiente sanción:
    Revocación del Reconocimiento Oficial del Estado, al establecimiento educacional a contar del término del año escolar 2006. Que por resolución exenta N°179, de 26 de mayo de 2006 del Departamento Provincial de Educación Santiago-Centro, en virtud de las facultades otorgadas al Fiscal Provincial del Departamento Provincial de Educación Santiago-Centro, la resolución exenta N° 497 del 3 de marzo de 2006, de la Secretaría Ministerial de Educación de la Región Metropolitana, se ordenó la instrucción de un proceso administrativo por infracción a la Ley de Subvenciones DFL N°2, de 1998.
    Que por resolución exenta N° 232, de 23 de junio de 2006, del Departamento Provincial de Educación Santiago-Centro, en virtud de las facultades otorgadas al Jefe Provincial mediante la resolución exenta N° 590, del 10 de marzo de 2006, de la Secretaría Ministerial de Educación de la Región Metropolitana, se aprobó el proceso administrativo de subvenciones aplicándose la siguiente sanción:
    Revocación del reconocimiento oficial del Estado y la inhabilidad perpetua a la Sociedad Sergio Latorre y Compañía Ltda., sostenedora del establecimiento educacional, denominado "Colegio Cambridge", para mantener o participar de cualquier forma en la administración de establecimientos educacionales subvencionados.
    Que notificado el sostenedor por carta certificada con fecha 7 de agosto de 2006, de las resoluciones exentas N°s. 231 y 232, ambas del Departamento Provincial de Educación Santiago-Centro, se certifica que se encuentra vencido el plazo para interponer recurso de reclamación y/o apelación, por lo que ambos actos administrativos se encuentran a firme.
    Que, con el fin de asegurar la continuidad del servicio educacional, es indispensable designar un administrador provisional;
    Que, esta medida permitirá el normal desarrollo de las actividades escolares en el establecimiento, facilitando que los alumnos continúen sus estudios en forma normal;
    Que, la autoridad regional propone para que asuma las funciones de administradora provisional a doña Elizabeth Azócar Escamilla, supervisora técnico pedagógico de la Secretaría Ministerial de Educación de la Región Metropolitana.

    Visto: Lo dispuesto en el artículo 11 del decreto supremo de Educación N° 8.143, de 1980, modificado por decretos supremos de Educación N°s. 631, de 1985, 441, de 1991 y 848, de 1993; el artículo 6° del decreto supremo N° 8.144 de 1980; resolución N° 520 de la Contraloría General de la República, de 1996, y sus modificaciones,

    Resuelvo:

    Artículo 1°: Señálese que ha quedado sin efecto la calidad de sostenedora de la "Sociedad Sergio Latorre y Compañía Ltda." del Colegio Cambridge, de la comuna de Santiago.

    Artículo 2°: Desígnase a doña Elizabeth Azócar Escamilla, supervisora técnico pedagógica, RUT N° 5.275.502-6, de la Secretaría Ministerial de Educación de la Región Metropolitana, Grado 8 EUR, administrador provisional del "Colegio Cambridge", de la comuna de Santiago.
    La funcionaria designada administradora tendrá las facultades dispuestas en el artículo 2132 del Código Civil, especialmente la de percibir la subvención que corresponda al citado establecimiento educacional.
    Artículo 3°: Por razones urgentes la administradora designada asumirá sus funciones sin esperar la total tramitación de la presente resolución.

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Pilar Romaguera Gracia, Subsecretaria de Educación.