APRUEBA REFORMAS DE ESTATUTOS, ACUERDO DE DISOLUCION Y CANCELA PERSONALIDAD JURIDICA DE "CUERPO DE BOMBEROS DE SAN MIGUEL"

    Santiago, 25 de septiembre de 2006.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 1.104.- Vistos: Estos antecedentes, lo dispuesto en los artículos 545 y siguientes del Código Civil, y en los artículos 24 y 26 del decreto supremo de Justicia Nº 110, Reglamento de Concesión de Personalidad Jurídica, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, modificado por decreto supremo de Justicia Nº 679, de 2003, publicado en el Diario Oficial de 13 de febrero de 2004; y en la resolución Nº 520, de 1996, modificada por resolución Nº 661, de 2002, publicada en el Diario Oficial de 31 de octubre de 2002, ambas de la Contraloría General de la República, y lo informado por el Consejo de Defensa del Estado,

    Considerando: Que en Asamblea General Extraordinaria de fecha 12 de noviembre de 2005, el Cuerpo de Bomberos de San Miguel acordó modificar sus estatutos, con el objeto de señalar el nombre de la institución que recibirá sus bienes en caso de disolución, que corresponderá al Cuerpo de Bomberos Metropolitano Sur, acordándose además la disolución del Cuerpo de Bomberos de San Miguel, circunstancia que constituye un fundamento calificado y suficiente para aprobar su reforma de estatutos y acuerdo de disolución y para cancelar la personalidad jurídica de conformidad con lo preceptuado en los artículos 24 y 26 del Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica,
    Decreto:

    1.- Apruébanse las reformas que ha acordado introducir a sus estatutos, el acuerdo de disolución, y cancélase la personalidad jurídica de la entidad denominada "Cuerpo de Bomberos de San Miguel" con domicilio en la Provincia de Santiago, Región Metropolitana, y personalidad jurídica concedida por decreto supremo Nº 4.319, de fecha 10 de septiembre de 1947, en los términos que da testimonio la escritura pública de fecha 5 de diciembre de 2005, otorgada ante el Notario Público de San Miguel, don Omar Retamal Becerra.
    2.- Los bienes y el patrimonio de la entidad disuelta pasarán al "Cuerpo de Bomberos Metropolitano Sur", entidad que goza de personalidad jurídica mediante decreto supremo de Justicia Nº 3.052, de fecha 6 de octubre de 2005.
    3.- La entrega de los bienes a la institución señalada en el párrafo anterior se hará por la Intendencia de la Región Metropolitana, bajo inventario valorado que se levantará en acta triplicada, debiendo remitirse copia de dicho inventario al Ministerio de Justicia.

    Tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Verónica Baraona del Pedregal, Ministra de Justicia (S).
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Constanza Collarte Pindar, Subsecretaria de Justicia (S).