Ley núm. 10,904
ABONA EL TIEMPO QUE INDICA EN LA HOJA DE SERVICIOS DE DON MANUEL ESCOBAR ESCOBAR
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único. Abónanse, por gracia, y para todos los efectos legales, en la hoja de servicios de don Manuel Escobar, siete años y cuatro meses de servicios prestados en la Municipalidad de Vallenar.
Y visto lo dispuesto por el artículo 54, inciso segundo, de la Constitución Política del Estado; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a veintidós de Octubre de mil novecientos cincuenta y dos.- GABRIEL GONZALEZ VIDELA.- Ignacio Lorca G.