MODIFICA RESOLUCION Nº 1.632 EXENTA, DE 2006, EN EL SENTIDO QUE INDICA, DISPONE ASIGNACION DE RECURSOS POR ALTERNATIVA DE POSTULACION, TRAMOS Y/O TITULOS DENTRO DE LA REGION QUE SE DESTINARAN AL FINANCIMIENTO DEL SUBSIDIO DIRECTO; Y APRUEBA NOMINAS DE POSTULANTES SELECCIONADOS PARA EL TITULO I, SUBSIDIO GENERAL; TITULO II, SUBSIDIO DE INTERES TERRITORIAL; TITULO III, SUBSIDIO DE REHABILITACION PATRIMONIAL, CORRESPONDIENTES AL SEGUNDO LLAMADO NACIONAL 2006; Y DEJA SIN EFECTO SOLICITUDES DE POSTULACION AL LLAMADO REFERIDO
Santiago, 18 de octubre de 2006.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 3.796 exenta.- Visto: El D.S. N° 40 (V. y U.), de 2004, que regula el Sistema de Subsidio Habitacional, en especial lo previsto en sus artículos 16, 17, 18 y 19 y en los Títulos I, II y III del Capítulo II de dicho reglamento; la Resolución Exenta N° 1.632, de este Ministerio, de fecha 29 de mayo de 2006, publicada en el Diario Oficial del 5 de junio de 2006; y,
Considerando:
a) Que por el número 1º de la Resolución Exenta N° 1.632, de este Ministerio, de 2006, se llamó a postulación nacional al segundo llamado 2006 del Sistema de Subsidio Habitacional, en sus Títulos I, II y III, fijándose los recursos destinados a cada Título.
b) Que se hace necesario modificar el monto de Unidades de Fomento que se destinarán al financiamiento del subsidio directo y su forma de distribución por Título, Región, alternativa de postulación y tramo de precio de vivienda dispuesta para dicho llamado, con el objeto de lograr una mejor utilización de los recursos dispuestos para ese llamado;
c) Que el D.S. Nº 40 (V. y U.), de 2004, establece algunas inhabilidades para postular al Sistema de Subsidio Habitacional, así como las causales por las cuales este Ministerio podrá dejar sin efecto las solicitudes para postular a dicho beneficio, dicto la siguiente:
Resolución :
1°.- Modifícase la Resolución Exenta N° 1.632, de este Ministerio, de 2006, en el sentido de fijar un nuevo monto de Unidades de Fomento que se destinarán al financiamiento del subsidio directo, una nueva distribución de recursos por Título, Región, alternativa de postulación y tramos de precio de vivienda, cuando corresponda, de la que resulta la siguiente distribución del monto de recursos comprometidos para atender a los postulantes seleccionados en el segundo llamado 2006 del Sistema de Subsidio Habitacional por Título, Región, alternativa de postulación y tramos de precio de vivienda, cuando corresponda:
VER DIARIO OFICIAL DE 25.10.2006, PÁGINA 5.
2º.- Apruébanse las nóminas de postulantes seleccionados para el goce del subsidio habitacional correspondiente al segundo llamado 2006 del Sistema de Subsidio Habitacional Títulos I, II y III (Título I, alternativas de postulación individual y colectiva, páginas foliadas de la 0001 a la 0495; Título II, alternativa de postulación individual y colectiva, Tramos 1 y 2, páginas foliadas de la 0496 a la 0548; y, Título III, alternativa de postulación individual, Tramos 1 y 2, páginas foliadas, de la 0549 a la 0552), dispuesto en el número 1º de la Resolución Exenta Nº 1.632, de este Ministerio, de 2006, nóminas que se entenderán formar parte de esta Resolución, y fíjase el número de postulantes seleccionados, de acuerdo a la distribución de recursos efectuada en el número anterior, por Título, Región, alternativa de postulación y tramo, cuando corresponda, según se indica en la siguiente tabla:
VER DIARIO OFICIAL DE 25.10.2006, PÁGINA 5.
3º.- Déjanse sin efecto las 524 solicitudes de postulación para el segundo llamado 2006 del Sistema de Subsidio Habitacional, según se detalla a continuación, conforme a los Títulos I y II, efectuado por el número 1º de la Resolución Exenta N° 1.632, de este Ministerio, de 2006, presentadas por las personas individualizadas en las nóminas que se acompañan (páginas foliadas de la 0553 a la 0588), las cuales se entenderán formar parte integrante de la presente Resolución, por las causales que en cada caso se expresan en dichas nóminas:
VER DIARIO OFICIAL DE 25.10.2006, PÁGINA 5.
4°.- Publíquense en un periódico de circulación nacional las nóminas de postulantes seleccionados conforme al número 2º de esta Resolución, las que deberán contener a lo menos, el nombre, cédula nacional de identidad del postulante, el puntaje obtenido, así como el plazo de que dispondrán los interesados para poder presentar al SERVIU respectivo, sus observaciones o reclamos, si correspondiere; y las nóminas de postulantes cuyas solicitudes de postulación fueron dejadas sin efecto, a que se refiere el número 3º anterior y exhíbanse dichas nóminas en las Oficinas de los SERVIU.
NOTA:
La RES 4436 exenta, Vivienda, publicada el 04.12.2006, sustituyó los cuadros contenidos en los Nos. 1 y 2 de la presente norma, los que no fueron incorporados por restricciones técnicas temporales, razón por la que no se ha podido proceder a su actualización.
La RES 4436 exenta, Vivienda, publicada el 04.12.2006, sustituyó los cuadros contenidos en los Nos. 1 y 2 de la presente norma, los que no fueron incorporados por restricciones técnicas temporales, razón por la que no se ha podido proceder a su actualización.
Anótese, publíquese esta resolución en el Diario Oficial y archívese.- Patricia Poblete Bennett, Ministra de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Paulina Saball Astaburuaga, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.