Art. 76. Separada la correspondencia, según su destino o direccion, se arreglará en paquetes o líos, que se atarán i forrarán en papel consistente. Si por la cantidad de la correspondencia destinada a un punto, resultare el paquete mui abultado, se dividirá en dos o mas, que entonces se numerarán i en el último se incluirá la guía correspondiente al todo, marcado Guia.