ACUERDO RELATIVO A INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE OFERTA PUBLICA ADOPTADO POR LA COMISION CLASIFICADORA DE RIESGO
    Vistos: Lo dispuesto en el Título XI del Decreto Ley Nº 3.500, de 1980, en el Acuerdo Nº 7 de los Procedimientos de Aprobación de Acciones de Sociedades Anónimas Abiertas, publicado en el Diario Oficial el 27 de septiembre de 1994, modificado por los Acuerdos Nº 16 y Nº 24, publicados en el Diario Oficial el 2 de junio de 1998 y el 9 de junio de 2004, respectivamente; en el Acuerdo Nº 8 de los Procedimientos de Aprobación de Cuotas de Fondos de Inversión y Fondos Mutuos, publicado en el Diario Oficial el 17 de septiembre de 1994, modificado por los Acuerdos Nº 13, Nº 14, Nº 15, Nº 20, Nº 21 y Nº 25 publicados en el Diario Oficial el 4 de octubre de 1996, 19 de noviembre de 1996, 6 de marzo de 1997, 5 de diciembre de 2001, 17 de mayo de 2002 y 4 de octubre de 2006 , respectivamente; y en el Acuerdo Nº 10 de los Procedimientos de Aprobación de Instrumentos Emitidos en el extranjero, publicado en el Diario Oficial el 3 de agosto de 1995, modificado por los Acuerdos Nº 11, Nº 12, Nº 13, Nº 17, Nº 18, Nº 19, Nº 22 y Nº 23, publicados en el Diario Oficial el 21 de noviembre de 1995, 27 de enero de 1996, 4 de octubre de 1996, 4 de enero de 1999, 6 de septiembre de 2000, 9 de marzo de 2001, 12 de diciembre de 2002 y 24 de marzo de 2004, respectivamente.

    La Comisión Clasificadora de Riesgo acordó, en su ducentésimo octogésimo cuarta reunión ordinaria, lo siguiente:


A.  EMISORES CHILENOS:

1.  Aprobar las acciones de la Sociedad Anónima Abierta que se indica, en virtud de lo establecido en el inciso séptimo, artículo 106, del DL Nº 3.500 de 1980, referido a antecedentes aportados por dos informes de clasificación de riesgo de las acciones del emisor elaborados por diferentes clasificadoras de riesgo:

    -  Empresa de Servicios Sanitarios del Bío - Bío S.A.

2.  Mantener aprobadas las acciones de las siguientes Sociedades Anónimas Abiertas, pero modificar el criterio de aprobación desde antecedentes aportados por dos informes de clasificación de riesgo de las mismas a cumplimiento de requisitos mínimos con información financiera al 30 de junio de 2006:

    -  AES Gener S.A.
    -  AntarChile S.A.
    -  Empresas Copec S.A.
    -  Lan Airlines S.A.
    -  AntarChile S.A. (*)RECTIFICACION
D.O. 03.11.2006
    -  Empresas Copec S.A. (*)
(*)  Asimismo, se acordó dejar de aplicar lo establecido en el artículo 110, del DL Nº 3.500 de 1980.
3.  Mantener aprobadas las acciones de la siguiente Sociedad Anónima Abierta, pero modificar el criterio de aprobación desde cumplimiento de requisitos mínimos con información financiera al 31 de marzo de 2006 a antecedentes aportados por dos informes de clasificación de riesgo de las mismas:

    -  Puerto Ventanas S.A.

4.  Desaprobar las acciones de las siguientes Sociedades Anónimas Abiertas, en atención a que sus emisores no cumplen los requisitos mínimos con información financiera al 30 de junio de 2006:

    -  Empresas Cabo de Hornos S.A.
    -  Empresas Pizarreño S.A.
    -  Viñedos Emiliana S.A.

5.  Aprobar las cuotas de los siguientes Fondos Mutuos:

    -  Fondo Mutuo Larraín Vial - Ahorro a Plazo
    -  Fondo Mutuo Larraín Vial - Mercado Monetario

6.  Aprobar las cuotas del siguiente Fondo de Inversión:

    -  Fondo de Inversión Larraín Vial - Brasil Acciones

7.  Aprobar las líneas de bonos de las Empresas Privadas que se señalan y asignarles las categorías de riesgo que se indican:

Emisor
              Monto Máximo    Registro de las  Categoría
              de las Líneas  Líneas en la SVS  de Riesgo

Empresa de
Servicios
Sanitarios
del Bío -
Bío S.A.      UF 2.200.000    Nº 298, 11-jul-2002  AA
              UF 4.500.000    Nº 477, 06-oct-2006  AA
              UF 5.000.000    Nº 478, 06-oct-2006  AA

Sociedad
Concesionaria
Autopista del
Bosque S.A.  UF 3.800.000    Nº 479, 11-oct-2006  AAA

    Asimismo, se consideran aprobados los bonos que se emitan al amparo de estas líneas cuando la clasificación vigente y de mayor riesgo asignada por los clasificadores de dichas líneas, incluyendo los bonos, sea igual a la categoría de riesgo aquí indicada.

8.  Aprobar la emisión de bonos de securitización, por monto fijo, de la Empresa Privada que se señala y asignarle la categoría de riesgo que se indica:


    VER DIARIO OFICIAL DE 28.10.2006, PÁGINA 6.


9.  Desaprobar los bonos por monto fijo que se señalan, en atención a que venció su última cuota de amortización:

Emisores
            Series  Registro de la
                      Emisión en la SVS    Fecha de
                                          Vencimiento

Colbún S.A.    D    Nº 234, 13-oct-2000    15-oct-2006
Distribución
y Servicio
D&S S.A.      A    Nº 237, 15-nov-2000    01-oct-2006

10.  Desaprobar los bonos por monto fijo que se señalan, en atención a que su emisor los rescató en forma anticipada:

Emisores
            Serie    Registro de la
                      misión en la SVS      Fecha de
                                            Rescate
Sociedad
Eléctrica
Santiago
S.A.          A    Nº 214, 29-sep-1999    16-oct-2006

11.  Informar que la Superintendencia de Valores y Seguros mediante Resolución Exenta Nº 449 de fecha 28 de septiembre de 2006 autorizó el cambio del nombre de Citicorp Chile Fondo de Inversión por Legg Mason Fondo de Inversión.

B.  EMISORES EXTRANJEROS:

1.  Aprobar las acciones emitidas por empresas extranjeras que se encuentren inscritas y puedan ser transadas, en el Primer Mercado en sus Segmentos Principal y Nuevo Mercado, de las siguientes Bolsas de Valores:

    -  Bolsa de Valores de Barcelona
    -  Bolsa de Valores de Bilbao
    -  Bolsa de Valores de Madrid
    -  Bolsa de Valores de Valencia

    Asimismo, se aprueba como mercado para las cuotas de fondos de inversión extranjeros y títulos representativos de índices accionarios extranjeros que sean inscritos y transados en estas Bolsas de Valores.

2.  Aprobar las cuotas de los siguientes Fondos Mutuos Extranjeros, registrados en los países indicados:

Fondo Mutuo Extranjero                País de registro
ACMBernstein SICAV - International
Health Care Portfolio                    Luxemburgo
ACMBernstein SICAV - International
Technology Portfolio                    Luxemburgo

Mellon Investment Funds ICVC - Newton
Oriental Fund                            Reino Unido

Skandia Global Funds Plc - Skandia
Healthcare Fund                          Irlanda
Skandia Global Funds Plc - Skandia
Technology                                Irlanda

3.  Desaprobar las cuotas de los siguientes Fondos Mutuos Extranjeros, registrado en el país indicado, en atención a que fueron fusionados:

Fondo Mutuo Extranjero                País de registro
Alliance International Health Fund      Luxemburgo
Alliance International Technology Fund  Luxemburgo

4.  Desaprobar las cuotas del siguiente Fondo Mutuo Extranjero, registrado en los país indicado, en atención a que su propiedad se encuentra concentrada:

Fondo Mutuo Extranjero                País de registro
BlackRock Funds - BlackRock
Intermediate PLUS Bond Portfolio        Estados Unidos

5.  Informar que los siguientes Fondos Mutuos Extranjeros han modificado sus nombres:


    VER DIARIO OFICIAL DE 28.10.2006, PÁGINA 6.


C.  MANTENER ACUERDO VIGENTE SOBRE INSTRUMENTOS DE OFERTA PÚBLICA

    En lo no modificado por las letras A y B anteriores, la Comisión mantuvo los Acuerdos vigentes relativos a instrumentos financieros de oferta pública adoptados en su 282ª y 283ª reuniones ordinarias, celebradas el 28 de septiembre y 12 de octubre de 2006, y publicados en el Diario Oficial el 30 de septiembre y 13 de octubre de 2006, respectivamente.

    El presente acuerdo deberá ser considerado para el efecto de determinar la diversificación de las inversiones que se realicen con los recursos de los Fondos de Pensiones, según el D.L. Nº 3.500 de 1980.

    Santiago, 26 de octubre de 2006.- Cristián Ross Kerbernhard, Secretario.

    Publicación disponible en el sitio Web de la Comisión Clasificadora de Riesgo:

                  http://www.ccr.cl