APRUEBA ENMIENDA Nº3 AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE LA SERENA

    Núm. 3.922.- La Serena, 24 de octubre de 2006.- Vistos y Considerando: El Plan Regulador Comunal de La Serena, aprobado mediante Decreto Alcaldicio Nº498/2004 de 2 de julio de 2004 y publicado en el Diario Oficial con fecha 5 de agosto de 2004; Las cartas certificadas dirigidas a las organizaciones territoriales afectadas por la propuesta de la Enmienda Nº3 al Plan Regulador Comunal de La Serena; las publicaciones efectuadas con fecha 3 y 10 de enero de 2006 en el diario El Día de la IV Región, informando la realización de una audiencia pública en relación a la Enmienda Nº3; la Audiencia Pública en relación a la Enmienda Nº3, efectuada con fecha 11 de enero de 2006; la Sesión Extraordinaria Nº119 del Consejo Económico y Social de fecha 18 de enero de 2006, en la cual se expuso la Enmienda Nº3; el Decreto Alcaldicio Nº372/06 del 26 de enero de 2006 que ordena la exposición al público del proyecto Enmienda Nº3 al Plan Regulador de La Serena; las publicaciones efectuadas con fecha 31 de enero y 7 de febrero de 2006 en el diario El Día de la IV Región, informando la exposición al público de la Enmienda Nº3 al Plan Regulador Comunal de La Serena; la exposición al Público de la Enmienda Nº3 al Plan Regular Comunal de La Serena efectuada en la Casa del Vecino Serenense desde el 8 de febrero al 9 de marzo de 2006; las publicaciones efectuadas con fecha 13 y 20 de marzo de 2006 en el diario El Día de la IV Región, informando la realización de una segunda audiencia pública relativa a la tramitación de la Enmienda Nº3 al Plan Regulador Comunal de La Serena; la Audiencia Pública Nº2 efectuada el 27 de marzo de 2006; la observación del Sr. César Apey ingresada con fecha 8 de marzo de 2006; la Sesión Nº121 del Consejo Económico y Social, en la cual se expusieron las observaciones efectuadas respecto de la Enmienda Nº3; la Sesión Extraordinaria Nº615 de fecha 24 de abril de 2006 y la Sesión Nº634 de 13 de septiembre del año 2006, del Concejo Comunal, mediante las cuales se rechaza la observación efectuada a la propuesta de enmienda y se aprueba en definitiva la Enmienda Nº3 al Plan Regulador Comunal de La Serena; el Ordinario Nº1035/03 de 3 de octubre de 2006 de SECPLAN, mediante el cual se solicita la dictación del Decreto Alcaldicio aprobatorio de la Enmienda Nº3; la Ley General de Urbanismo y Construcciones, especialmente su artículo 45; la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, especialmente sus artículos 2.1.11 y 2.1.13; la Ley Nº18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades y las facultades propias de mi cargo:

    Decreto:

    1.- Apruébese la enmienda Nº3 al Plan Regulador Comunal de La Serena, conformado por su Memoria Explicativa, texto resolutivo, tablas de zonas modificadas, cuyos ejemplares se adjuntan y se entiende forman parte integrante del presente Decreto Alcaldicio y, en consecuencia, incorpórense las rectificaciones y enmiendas que se exponen a continuación:

1.1. Modifíquese la tabla de condiciones urbanísticas de la zona ZC-2 Centro, del artículo 74, Título V, Capítulo I, de la Ordenanza Local del Plano Regulador Comunal de La Serena, en el siguiente sentido:

    a) Auméntese la densidad máxima neta en 20% en el uso de suelo tipo residencial, de manera que en la comuna de "Densidad Máxima Neta Hab/há", donde dice 1520, debe decir 1825.
    b) Auméntese la altura en un 20% para todos los usos de suelo que aparecen en la tabla, de manera que en la columna de "Altura Máxima de Edificación Mts.", donde dice 12,5 debe decir 15 y donde dice 6 debe decir 7,2.
    c) Modifíquese la Nota 3 al final de la tabla:

        Donde dice:
        "NOTA 3: En esta zona se permite una altura de hasta 14,00 m. en edificaciones sólo al interior de la manzana, según Art. 70 punto Nº7 de esta Ordenanza".
        Debe decir:
        "NOTA 3: En esta zona se permite una altura de hasta 16,80 m. en edificaciones sólo al interior de la manzana, según Art. 70 punto Nº3 de esta Ordenanza".

1.2. Modifíquese el punto Número 3 del Artículo 70 Disposiciones Complementarias" de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de La Serena, en el siguiente sentido:

    Donde dice:
    "3.- La profundidad mínima del primer cuerpo continuo adyacente a la vía pública de las edificaciones será de 12 m. y su altura mínima será de 5,45 m."
    Debe decir:
    "3.- La profundidad mínima del primer cuerpo continuo adyacente a la vía pública de las edificaciones será de 12 m. y su altura mínima será de 5,45 y la máxima de 15,00 m. A partir de los 12 m. de profundidad del cuerpo continuo la edificación podrá tener una altura máxima de 16,8 m."

1.3. Incorpórese la siguiente nota al final del texto de la tabla de condiciones urbanísticas de la zona ZEX-19 Puerta del Mar, del artículo 74, Título V, Capítulo I, de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de La Serena:

    **** El giro comercial de Supermercado se encuentra prohibido, salvo en su nivel o escala menor.

1.4. Auméntese en un 30% el Coeficiente Máximo de Ocupación de Suelo de las tablas correspondientes a las condiciones urbanísticas del 74, Título V, Capítulo I, de la Ordenanza Local del Plan Regulador de La Serena, correspondientes a las zonas ZC-7 y ZC-8 en forma general; y de las zonas ZC 11-1, ZC 11-3, ZC 11-5, ZC 11-6 y ZC 11-9, en la forma específica en que se señala. Conforme a lo anterior, modifiquense los coeficientes máximos de ocupación de suelo de las citadas tablas en el siguiente sentido:

      Zona                            Donde  Debe
                                      dice    decir

a)  ZC-7 Universidad de La Serena      0.3    0.4

b)  ZC-8 Huanhualí                      0.6    0.78

c)  ZC 11-1 La Pampa                    0.6    0.78
                                        0.4    0.52
                                        0.1    0.13

d)  ZC 11-3 San Joaquín                0.4    0.52
                                        0.6    0.78

e)  ZC 11-5 Varios Sectores
    Característicos                    0.5    0.65

f)  ZC 11-6 Las Compañías              0.6    0.78
                                        0.4    0.52

g)  ZC 11-9 Caleta San Pedro          0.6    0.78
                                        0.5    0.65
                                        0.1    0.13

1.5. Modifíquese la tabla de las condiciones urbanísticas de la zona ZEX-2 Avenida Pecífico, del artículo 74, Título V, Capítulo I, de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de La Serena, en el sentido de agregar la siguiente "Nota Nº2" al final del texto:
    "Nota Nº2: El antejardín de Avenida Pacífico, en el tramo comprendido entre las calles Paul Muñoz y Los Copados, será de 5 m. para todos los usos".

1.6. Modifíquese la NOTA Nº2 ubicada al final de la tabla de las condiciones urbanísticas de la zona ZC-3 Francisco de Aguirre-Libertad del artículo 74, Título V, Capítulo I, de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de La Serena, en el siguiente sentido:

    Donde dice:
    "NOTA Nº2: El antejardín será de 5 m., salvo los lotes que enfrentan la Av. F. de Aguirre en que la edificación es continua, con una profundidad de cuerpo continuo de 12 m. como mínimo"

    Debe decir:
    "NOTA Nº2: El antejardín será mínimo de 3 m., y en los lotes que enfrentan la Av. F. de Aguirre en que la edificación es continua, con una profundidad de cuerpo continuo de 12 m. como mínimo, se puede prescindir de mantener el mismo plano de fachada con la edificación colindante, si la hubiere."

    2.- Apruébense las tablas que se adjuntan, relativas a las condiciones urbanísticas del artículo 74, Título V, Capítulo I, de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de La Serena, correspondientes a las zonas ZC-2, ZEX-19, ZC-7, ZC-8, ZC 11-1, ZC 11-3, ZC 11-5, Z C11-6, ZC 11-9, ZEX-2 y ZC-3, con las correspondientes modificaciones incorporadas, y reemplácense las tablas actualmente existentes en la Ordenanza Local del Plan Regulador, por las aprobadas mediante el presente Decreto Alcaldicio.

    3.- Publíquese en el Diario Oficial el presente Decreto Alcaldicio y las tablas correspondientes a las zonas modificadas ZC-2, ZEX-19, ZC-7, ZC-8, ZC11-1, ZC11-3, ZC11-5, ZC11-6, ZC11-9, ZEX-2, ZC-3.

    4.- Archívense las tablas correspondientes a las zonas modificadas del artículo 74, Capítulo I del Título V de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de La Serena, en el Conservador de Bienes Raíces de La Serena y en la Municipalidad de La Serena.

    5.- Remítase copia oficial del presente Decreto Alcaldicio junto a la Memoria Explicativa, Texto Resolutivo y tablas a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, IV Región, a la Dirección de Desarrollo Urbano de dicha Secretaría y a la Dirección de Obras Municipales de La Serena.

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Raúl Saldívar Auger, Alcalde.- María Mercedes Abalos Córdova, Secretario Municipal.

NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 03.11.2006, PAGINAS 15-20