"Artículo 1°.- Autorízase a la Municipalidad de la comuna de Los Alamos para contratar un empréstito con garantía hipotecaria hasta por la suma de veinte mil pesos ($ 20,000), con una institución de crédito comercial o con la Caja Nacional de Ahorros, a un interés no superior al 9% anual y con una amortización, también anual, no inferior al 10%.
    El producto del empréstito deberá ser invertido en los trabajos de terminación del Teatro Municipal del pueblo de Los Alamos.