"Artículo 1.o Reemplázanse en la Ley Arancelaria N.o 4,321, de 27 de Febrero de 1928, las siguientes disposiciones que están a continuación de la Partida 1714 y antes del rubro que dice: "blanco o con ligero tono de otro color..." que precede a la partida 1716, por las que siguen:
"Partida 1715 a) Papel que solamente podrá usarse en la impresión de periódicos, revistas y libros impresos, y, además en cualquiera clase de impresiones que estén destinadas en forma exclusiva a la exportación, que cumpla con los siguientes requisitos:
a) Que tenga menos de 165 gramos de peso por metro cuadrado;
b) Que sea blanco o con ligero tono de otro color, como ser crema, perla, rosado, celeste y otros análogos;
c) Que no tenga encolado animal;
d) Que contenga más de 30 % de pasta mecánica;
e) Que lo cale la tinta de escribir;
f) Que tenga marca de agua consistente en líneas paralelas distanciadas unas de otras por cuatro centímetros (tolerancia de dos milímetros por exceso o defecto)... libre.
Los desperdicios y recortes de este papel podrán utilizarse únicamente como materia prima para la fabricación de papel y cartón".
"Partida 1715 b) Papel especial que podrá usarse solamente en la confección de las tapas de revistas cuyas portadas estén impresas en tricromía o a cuatro o más tintas diferentes, pudiendo usarse en estos casos también en sus inserciones interiores en dos o más colores, y además en cualquiera clase de impresiones que estén destinadas en forma exclusiva a la exportación, que cumpla con los siguientes requisitos:
a) Que tenga más de 100 y menos de 165 gramos de peso por metro cuadrado;
b) Que sea de color blanco;
c) Que no tenga encolado animal;
d) Que tenga sus dos caras sin recubrimiento de substancias minerales o que lo tenga en ambas a la vez;
e) Que tenga marca de agua consistente en líneas paralelas distanciadas una de otra por cinco centímetros (tolerancia de dos milímetros por exceso o por defecto): $ 0,0075 oro de 6 peniques el kilo bruto.
El uso de este papel deberá comprobarse y los desperdicios y recortes podrán usarse exclusivamente como materia prima para la fabricación de papel y cartón".
A continuación deberá dejarse el siguiente título:
"Papel que tenga menos de 150 gramos de peso por metro cuadrado".