MODIFICA DECRETO Nº 369, DE 1985, QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA LEY 18.469

    Núm. 125.- Santiago, 20 de septiembre de 2006.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 162 del DFL 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fijó el texto refundido del decreto ley Nº 2.763/79 y de las leyes Nºs. 18.933 y 18.469; en el artículo 1º y demás pertinentes de la ley 19.966, que establece un Régimen General de Garantías de Salud; en el decreto supremo Nº 369/85, del Ministerio de Salud, reglamentario de la ley 18.469, sobre Régimen de Prestaciones de Salud, y Teniendo presente: Las facultades que me concede el artículo 32 número 6 de la Constitución Política de la República, dicto el siguiente

    Decreto:

    Modifícase el decreto supremo Nº 369, de 1985, del Ministerio de Salud, publicado en el Diario Oficial del 2 de enero de 1986, que aprueba el Reglamento del Régimen de Prestaciones de Salud, reemplazándose, en el párrafo segundo de la letra d), del artículo 69, la expresión "trabajadores" por "afiliados".

    Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- María Soledad Barría Iroume, Ministra de Salud.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Lidia Amarales Osorio, Subsecretaria de Salud Pública.